El Salvador alista penas severas y cero tolerancia para frenar la temeridad al volante

La Comisión de Seguridad Nacional y Justicia de la Asamblea Legislativa emitió dictámenes favorables para reformar el Código Penal, el Código Procesal Penal y la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, estableciendo penas de hasta 15 años de prisión para quienes provoquen homicidios culposos en accidentes de tránsito bajo la modalidad de conducción peligrosa.

Las propuestas, respaldadas durante la sesión por el ministro de Seguridad, Gustavo Villatoro, el fiscal general, Rodolfo Delgado, y el viceministro de Transporte, Nelson Reyes, tienen como fin elevar el régimen de sanciones y prevenir fatalidades en la red vial del país. Entre los cambios aprobados, se reafirma la política de cero tolerancia al alcohol o sustancias que alteren las facultades motoras, así como la penalización a las competencias ilegales y a la conducción de unidades de carga o transporte público sin la respectiva licencia.

Dentro de las modificaciones al Código Procesal Penal, se excluyen las lesiones culposas de la necesidad de una denuncia previa por parte de la víctima, facultando a la Fiscalía General de la República (FGR) para iniciar la persecución penal de oficio. Asimismo, se prohíben de forma absoluta las vías alternativas de conciliación y mediación cuando existan fallecidos o lesionados derivados de un hecho de conducción peligrosa.

Las reformas también extienden la responsabilidad legal y administrativa hacia aquellos propietarios o empresarios que faciliten unidades de transporte colectivo o de carga a personas no autorizadas, además de endurecer las inspecciones mecánicas preventivas en todo el parque vehicular.

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